⚠️ Verificá antes de salir. La normativa de pesca de Córdoba cambia cada temporada. Los datos de esta guía corresponden a la Resolución N° 272/2024 (temporada 2024-2026) y sus complementarias. A mediados de 2026 varias ventanas ya vencieron o están por renovarse. Confirmá siempre la resolución vigente en la Secretaría de Ambiente de Córdoba (Caza y Pesca) y en la app cazaypesca.cba.gov.ar.

Pescar en los embalses de Córdoba es de las mejores cosas que se pueden hacer en las sierras, pero hay que hacerlo en regla. Acá va lo esencial de la normativa: licencia, métodos y las reglas que un inspector te puede pedir.

La licencia es obligatoria

Para pescar necesitás una licencia personal, intransferible y obligatoria (Ley provincial 4412). Se saca como carnet digital:

  1. Tené cuenta Ciudadano Digital (CiDi) Nivel 2.
  2. Ingresá a cidi.cba.gov.ar y buscá "solicitud de licencia de pesca deportiva" (abre la app cazaypesca.cba.gov.ar).
  3. Elegí el tipo (anual o por día), adjuntá la documentación y enviá.
  4. Pagá el cedulón y obtené el carnet digital con un código QR para mostrar ante inspecciones.

La licencia anual vence el 31 de diciembre de cada año. Los menores de 18 deben pescar acompañados por un adulto. (Exenciones y montos se confirman en el trámite oficial.)

Métodos: qué sí y qué no

Permitido: pesca deportiva con línea (caña). Prohibido (Reglamento, Res. 250/2024): todo tipo de redes (trasmallo, arrastre, mojarreras), arpones, palangres, explosivos y tóxicos, obstruir el paso de los peces, transportar peces vivos sin autorización y arrojar al agua el excedente de carnada.

Devolución obligatoria

El dorado y las truchas (arco iris y fontinalis) son de devolución obligatoria en toda la provincia: solo se pescan con señuelo artificial y anzuelo sin rebaba, y está prohibido sacrificarlos. Además, la perca (trucha criolla) y la trucha marrón están totalmente vedadas (prohibida su captura) hasta el 31/12/2026.

Solo de día: la veda nocturna

La pesca se permite solo en horario diurno (entre el crepúsculo matutino y el vespertino). La veda nocturna (Res. 1/2024, prorrogada hasta 31/12/2027) prohíbe pescar de 21 a 7 h en primavera/verano y de 19 a 7:30 h en otoño/invierno.

La veda de costa primaveral

Del tercer fin de semana de septiembre al tercero de diciembre, no se puede pescar (ni de costa ni embarcado) hasta 200 m de la orilla en lagos y lagunas (Res. 234/2024), para proteger la reproducción. En la práctica, en esa franja hay que pescar embarcado más allá de esa distancia.

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Preguntas frecuentes

¿Necesito licencia para pescar en Córdoba?

Sí. La licencia de pesca es obligatoria, personal e intransferible. Se tramita como carnet digital a través de Ciudadano Digital (CiDi) y la app cazaypesca.cba.gov.ar.

¿Se puede pescar de noche en Córdoba?

No. Rige una veda nocturna: solo se permite pescar de día. Está prohibido de 21 a 7 h en primavera/verano y de 19 a 7:30 h en otoño/invierno (según la resolución vigente).

¿Qué pasa con el dorado?

Es de devolución obligatoria en toda la provincia: se pesca solo con señuelo artificial y anzuelo sin rebaba, y no se puede sacrificar ni llevar.